LEY DE PRESUPUESTO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2012
ASAMBLEA LEGISLATIVA - REPUBLICA DE EL SALVADOR
INDICE LEGISLATIVO
DECRETO Nº 918
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR, en uso de sus facultades
constitucionales y a iniciativa del Consejo de Ministros,
DECRETA:
y concluye el treinta y uno de diciembre de dos mil doce.
Instituciones del Gobierno Central, en el transcurso del presente ejercicio financiero fiscal, como
contribución a organismos internacionales, membresías, aportes, suscripciones y otras, deberá ser cubierto
con cargo a sus propias asignaciones presupuestarias.
al Fondo para el Desarrollo Económico y Social de los Municipios (FODES), se procederá conforme a lo
dispuesto en la Ley FODES y en la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado en lo pertinente.
total será de US$207.60 mensuales y la pensión mínima de invalidez parcial de US$145.32, de conformidad
a lo establecido en los Artículos 145, 209 y 225 de la Ley del Sistema de Ahorro para Pensiones.
conformidad al Art. 227 de la Constitución de la República, a fin de cubrir deficiencias temporales de
ingresos hasta por un monto que no exceda el 40% de los ingresos corrientes.
suspender durante el presente ejercicio financiero fiscal los aportes del Estado a los cuales hacen referencia
la Ley de...
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