Políticas de seguridad contra las pandillas y análisis económico del derecho

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ENERO - JUNIO 2016 • REVISTA POLICÍA Y SEGURIDAD PÚBLICA
Políticas de seguridad contra las pandillas
y análisis económico del derecho
ISSN: 2225-5648, Año 6, Vol. 1, p. 317-325
Políticas de seguridad contra las pandillas y análisis económico del
derecho1
Por Jaime Edwin Martínez Ventura
1. Introducción;
2. El AED y su relación con las políticas de desregulación económica;
3. Aplicación del AED a la política criminal. Alcances y límites;
4. Críticas a la aplicación del AED en el campo penal o de la política
criminal;
5. Relación de las políticas contra las pandillas y las políticas
neoliberales;
6. Políticas punitivas contra las pandillas: una aplicación deformada del
AED;
Bibliografía.
1. Introducción
Por más que en los últimos 10 años en El Salvador se haya instalado,
en la retórica de la seguridad pública, una suerte de consenso político y
académico acerca de que la criminalidad —y especialmente el fenómeno de
las maras o pandillas— debe ser enfrentada desde el enfoque de una política
integral —conformada por las áreas de control o represión, prevención
de la delincuencia, reinserción social y fortalecimiento institucional— lo
cierto es que desde el surgimiento del fenómeno pandilleril, a inicios de
los noventa, la política criminal se ha caracterizado por ser principalmente
punitiva.
Muestra de esa tendencia contra las pandillas han sido las diversas leyes
especiales creadas para su represión2, las continuas reformas al Código
Penal3 relativas a cambios en los tipos penales, creación de nuevo delitos
1 Basado en un ensayo inédito, presentado por el autor en agosto de 2015, durante el curso correspon-
diente al módulo X, Análisis Económico del Derecho, impartido por el profesor argentino Pablo Ianello,
en la Maestría de Derecho Penal Económico de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la
Universidad de El Salvador.
2 El 22 de marzo de 1996 fue emitida la Ley Transitoria de Emergencia contra la Delincuencia y el Crimen
Organizado, la cual, pese a su nombre, en realidad era una ley represiva contra los jóvenes miembros de
maras o pandillas. Las principales disposiciones de esta ley fueron declaradas inconstitucionales por vio-
lentar derechos fundamentales, mediante sentencia de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema
de Justicia, del 14 de febrero de 1997 (Martínez Ventura, 2005, p. 379). El 9 de octubre de 2003, fue
aprobada la Ley Antimaras, la cual, por ser violatoria de diversas garantías y derechos constitucionales, fue
declarada inconstitucional de manera total y absoluta, mediante sentencia de la Sala de lo Constitucional,
el 1 de abril de 2004 (Martínez Ventura, 2005, p. 400).
3 Para un análisis crítico sobre las constantes reformas de corte punitivo a la legislación penal, ver
Martínez Ventura, 2005, pp. 141 a 227. El 1.° de septiembre de 2010, fue aprobada la Ley de Proscripción
de Maras, Pandillas y Grupos de Exterminio que, como su nombre lo indica, estaba dirigida no solo a las
pandillas, sino a grupos armados irregulares de presunta justicia por propia mano. En la práctica esta ley
está vigente pero es escasamente aplicada.

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