Sentencia nº 54-S-2015 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 16 de Junio de 2015

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia54-S-2015
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Tipo de JuicioProceso de Pérdida de la Autoridad Parental

54-S-2015

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y quince minutos del dieciséis de junio de dos mil quince.

Por recibido oficio número 111, procedente del Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador, así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se notifique y emplace, en legal forma, al señor [...], en la siguiente dirección: [...], [...], Estado de Virginia, Estados Unidos de América, Código Postal [...], a fin de que en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de su notificación conteste la demanda, respecto al proceso de pérdida de autoridad parental, promovido en su contra por el licenciado S.A.C.R., como apoderado de la señora [...].

Vista la solicitud de mérito como la documentación en rigor y, siendo procedente la diligencia solicitada, de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, 15 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, 148 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador, 34 de la Ley Procesal de Familia y 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria formulada por la Jueza Interina del Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador, al Consulado correspondiente por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y, a este último, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

CERTIFÍQUESE lo proveído al Juzgado de Familia de Apopa, departamento de San Salvador, para su conocimiento. CÚMPLASE.

A.P.---------J.B.J.---------------E.S.B.R.-----------------M.R. -O.B. .F.------------D.L.R. G. -------------D.------------ J.R.A..----J.M.B. S------------------------S.L. RIV. M.-------------PRONUNCIADO

POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.---------------S.R.A..------------SRIA.-------RUBRICADAS.

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