Sentencia nº 21-P-2011 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 26 de Mayo de 2011

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2011
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia21-P-2011
Tipo de ProcesoPareatis

21-P-2011

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las diez horas y cinco minutos del veintiséis de mayo de dos mil once.

Por recibida solicitud de permiso para ejecutar en el país la Sentencia de Divorcio, pronunciada por la Corte de Distrito, Doscientos Cuarenta y Siete Distrito Judicial del Condado de Harris, Estado de Texas, Estados Unidos de América, entre los señores [...] y [...], presentada a esta Corte por la Licenciada K.M.H.R., en su carácter de Apoderada Judicial Especial de la señora [...], lo cual comprueba con el Testimonio de Escritura Pública de Poder General Judicial con Cláusula Especial.

Visto el contenido de la solicitud presentada, preciso es señalar que, corresponde a la Corte Suprema de Justicia, conceder el permiso para la ejecución de sentencias pronunciadas por tribunales extranjeros. Art. 182 No.4 Cn. y 558 CPCM, siendo necesario dirigir dicha solicitud a la Corte Suprema de Justicia. Por tanto, previo a admitir la solicitud que da inicio a las presentes Diligencias y continuar con el trámite de ley, esta Corte

RESUELVE:

PREVIENESE a la Licenciada K.M.H.R., presente la solicitud con que da inicio a las diligencias de que se trata, en legal forma, es decir, dirigida a la Corte Suprema de Justicia no así a la Secretaría General de la misma. Art. 182 No. 4 Cn.

J.N.C.S.------------E.S.B.R.----------M.R..------------PERLA J.-----------R.M.F.H.------------L.C.D.A.G.----------M.P..----------M.A.C.A.------PRONUNCIADO POR LOS SEÑORES MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.--------S.R. DE AVENDAÑO.-------RUBRICADAS.

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