Sentencia nº 11-S-2014 de Corte Plena, Corte Suprema de Justicia, 29 de Abril de 2014

Fecha de Resolución29 de Abril de 2014
EmisorCorte Plena
Número de Sentencia11-S-2014
Tipo de ProcesoSUPLICATORIO
Tipo de JuicioProceso Ejecutivo

11-S-2014.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA: San Salvador, a las nueve horas y treinta y cinco minutos del veintinueve de abril de dos mil catorce.

Por recibido oficio número 2057, procedente del Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, así como la documentación relacionada en el mismo, mediante el cual se solicita a esta Corte se dé curso a una comisión rogatoria a efecto de que se emplace, en legal forma, a los señores L.M.A.F. y J.E.A.F., en la dirección: [...], Estado de California, Estados Unidos de América, Código Postal [...], a fin de que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente de la notificación, comparezcan a contestar la demanda, en el proceso ejecutivo promovido por el Licenciado C.F.T. como apoderado del BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, SOCIEDAD ANÓNIMA, que puede abreviarse BANCO CITIBANK DE EL SALVADOR, S.A., BANCO CITI DE EL SALVADOR S.A. y BANCO CITI, S.A., antes BANCO CUSCATLÁN DE EL SALVADOR SOCIEDAD ANÓNIMA. Debiéndole entregar a los demandados los documentos adjuntos.

Vista la solicitud de mérito como la documentación en rigor y, siendo procedente la diligencia solicitada, de conformidad con lo regulado en los artículos 182 número 3 de la Constitución de la República de El Salvador, 15 de la Convención Interamericana sobre Exhortos o Cartas Rogatorias, 150, 152 del Código Procesal Civil y Mercantil, 148 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de la República de El Salvador y 35 número 5 del Reglamento Interno del Órgano Ejecutivo, esta Corte

RESUELVE:

REMÍTESE la comisión rogatoria formulada por la Jueza (2) del Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, al Consulado correspondiente por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores y, a este último, por conducto del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública.

CERTIFÍQUESE lo proveído al Juzgado Segundo de lo Civil y Mercantil de San Salvador, para su conocimiento. CÚMPLASE.

E.S.B.R.-------O.B.F.---------M.F.V..----D.L.R.G..------J. R.

ARGUETA.------R.M.G.----JUANM.B.S.---------DUEÑAS.----------PRONUNCIADO POR LOS MAGISTRADOS Y MAGISTRADAS QUE LO SUSCRIBEN.---------S.R.A..----------SRIA.-------------RUBRICADAS.

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